Ya tenemos nueva Ley de Bienestar Animal y con ella, continúan las dudas entre los tutores ante las nuevas normas, multas y obligaciones relacionadas con nuestros animales de compañía. Una de las cuestiones que más preocupan a los españoles es si podremos seguir teniendo especies como hámsteres, conejos o periquitos en casa.
Las dudas nacen de una serie de informaciones que se han ido extendiendo en redes sociales y en diferentes medios de comunicación que afirman que con la nueva Ley de Bienestar Animal han quedado prohibidos como animales de compañía aquellos conocidos como exóticos, como los hámsteres, periquitos o conejos, entre otros.
Pero, ¿es esto cierto? ¿Qué dice exactamente la ley? La realidad es que con la aprobación de la nueva ley todavía nada ha cambiado con respecto a este tema ya que, lo que ésta propone es la creación de un listado positivo en el que se incluyan los animales de compañía que sí podamos tener en casa (y no al contrario, una lista de animales prohibidos), basada en unos criterios de seguridad ciudadana, medioambiental y de sanidad pública.
¿Y esto qué quiere decir? Esto significa que desde ahora hasta dentro de cuatro años el Gobierno, con la ayuda de Comité Técnico y Científico para la Protección de los Animales, tendrá que empezar a trabajar en este listado positivo de animales de compañía que sí podemos tener en el hogar y, mientras tanto, seguirán vigentes las normativas de cada comunidad autónoma (basadas en el listado de especies invasoras y la CITES).
¿Corre peligro mi conejo de convertirse en especie prohibida?
La creación de un listado positivo no es algo que se haya inventado el Gobierno español. Otros países europeos como Luxemburgo, Bélgica u Holanda ya cuentan con este sistema que pretende ser más eficaz a la hora de proteger especies exóticas.
Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales del ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nos contaba que a la hora de valorar si un animal entra o no en este listado deberá cumplir, en líneas generales, tres criterios: "Que no sea un animal que suponga un peligro para la sanidad pública, tampoco para el medioambiente, ni para la seguridad ciudadana".
Bajo estos criterios, podemos asumir que animales como los conejos, los periquitos y los hámsteres, entre otros, podrán seguir formando parte de nuestras familias.
Además, la ley también añade que, para que una especie forme parte del listado positivo debe "ser fácil de mantener en cautividad y los cerramientos o alojamientos donde vivan o estén albergados deberán reunir condiciones para que puedan desarrollar adecuadamente sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas básica".
De esta forma, todos aquellos que tengan animales exóticos que a día de hoy están permitidos (como los hurones, los agapornis, las tortugas rusas o las cobayas, entre otros), podrán seguir teniéndolos.
Y entonces... ¿las especies prohibidas?
Por supuesto, al igual que ha ocurrido con otras especies como las cotorras argentinas, los erizos o los cerdos vietnamitas, entre otros, cualquier animal puede convertirse (llegado un punto) en una especie invasora o no cumplir alguna de las premisas que la nueva Ley de Bienestar Animal establece, pero esto no quiere decir que tengas que deshacerte de ella.
¿Qué debemos hacer si nuestro conejo, hámster o cobaya se convierte en especie prohibida como animal de compañía? Podremos seguir teniéndolo siempre y cuando se comunique a la autoridad competente para ser incluido en un registro y, así, pasar a tener que seguir algunas normas como realizar una esterilización obligatoria y tener prohibida la venta del mismo.
De hecho, no registrar la tenencia de un animal prohibido (dentro del periodo establecido que suele ser más de un año) puede suponer una multa de 200.000 euros.
No obstante, como ya hemos dicho, con la aprobación de la nueva Ley de Bienestar Animal ninguna especie ha pasado a estar prohibida por lo que no debemos registrar ni a nuestros conejos, ni periquitos, ni hámsteres.